Los bancos de datos de información crediticia deberán eliminar los registros de "todo dato referido a obligaciones y calificaciones" correspondientes a quienes hayan estado en mora entre el 1 de enero de 2000 y el 10 de diciembre de 2003 y que hayan cancelado sus deudas.
Esta decisión obedece a la modificación a la Ley de Protección de los Datos Personales introducida por el Gobierno.
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